sábado, 05 julio 2025

Jerónimo Saavedra tilda a De Anta de ''obstruccionista y entorpecedora'' en el asunto del ARRU de Titerroy

La resolución dictada por el Diputado del Común, el pasado día 19 de marzo, declara que la actuación de la alcaldesa del Ayuntamiento de Arrecife, la socialista Eva de Anta ha sido “obstruccionista y entorpecedora de sus funciones”. El asunto está en relación con la información solicitada por aquella institución de la comunidad autónoma en relación con el Área de Renovación y Regeneración Urbana (ARRU) Titerroy.

Así, con fecha 25 de mayo pasado, la Mesa del Parlamente de Canarias se ha dado por enterada del escrito del Diputado del Común al que adjunta resolución por la que declara “obstruccionista y entorpecedora de las funciones del Diputado del Común” la actuación de la alcaldesa del Ayuntamiento de Arrecife, Eva de Anta, en relación al expediente de queja Q15/674 que dicha institución, ante las que ciudadanos canarias pueden trasladar sus quejas a los efectos previstos en el artículo 34.1 de la Ley 7/2001, de 31 de julio, del Diputado del Común. En consecuencia, la mesa del Parlamento de Canarias ordenó su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento. Hecho que se produjo, en su boletín número 230 de este martes día 5 de junio.

Queja por el ARRU de las viviendas de Titerroy

Relata el Diputado del Común que solicitó un informe al Ayuntamiento de Arrecife, respecto a las actuaciones realizadas por las administraciones competentes en el Área de Renovación y Regeneración Urbana (ARRU) Titerroy, donde se le comunicaba que había recibido informe del Ministerio de Fomento, en relación con dicha cuestión, dando así traslado de parte de su contenido y solicitando al Ayuntamiento, como órgano competente, para conocer la viabilidad en la ejecución de la citada área y solicitarle informe de la situación jurídica, de las soluciones posibles para solventar los fondos transferidos y los problemas habitacionales de las familias, así como cualquier circunstancia sobrevenida al proyecto inicial.

Reiterado en tres ocasiones

Dicha solicitud fue reiterada con fecha 5 de octubre de 2017 y de nuevo con fecha 8 de noviembre de 2017, en esta ocasión recordándole “su deber legal de colaborar”.

Al no recibir respuesta, con fecha 13 de diciembre de 2017, el Diputado del Común volvió a remitir a Eva de Anta requerimiento con la advertencia de declararla “obstruccionista con el Diputado del Común”, en la investigación en cuestión, requiriéndosele “la información interesada”.

Argumente el Diputado del Común que no recibió respuesta, a pesar de lo establecido en la Ley 7/2001, de 31 de julio, del Diputado del Común, que establece, en su artículo 30 que “las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas canarias,… están obligados a auxiliar, con carácter preferente y urgente, al Diputado del Común en sus actuaciones”, así como que “a estos efectos no podrá negársele el acceso a ningún expediente o documentación que guarde relación con la actividad o servicio objeto de la investigación, a excepción de aquellos clasificados con el carácter de secretos de acuerdo con la ley”.

Abunda la alta Institución de la Administración autonómica canaria en que la citada ley en su artículo 34 establece que “la actuación de una autoridad, funcionario o empleado público, que dificulte, sin una justificación adecuada, la investigación de una queja, será considerada obstruccionista y entorpecedora de las funciones del Diputado del Común y podrá hacerse pública de inmediato a través del Boletín Oficial del Parlamento de Canarias” así como que, en su caso, “dicha actitud podrá ser puesta en conocimiento del Ministerio Fiscal, a los efectos previstos en el Código Penal”.

Así, con fecha 19 de marzo pasado, el Diputado del Común resolvió “declarar que la actuación de la alcaldesa del Ayuntamiento de Arrecife, en la tramitación de la Queja Q15/674, es obstruccionista y entorpecedora” de sus funciones.

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