PESE A NO SER OBLIGATORIA, CUÁNDO Y POR QUÉ SE RECOMIENDA EL USO DE MASCARILLA DESDE MAÑANA
En la norma, que verá la luz en el BOE el 8 de febrero, quizás se agreguen recomendaciones básicas, en las que se apelará a un "uso responsable de la mascarilla", como ya se hizo en ocasiones pasadas. Sobre todo, se insiste en situaciones en las que las personas están pasando por un proceso infeccioso respiratorio y la mascarilla es un elemento para evitar los contagios a los individuos más cercanos y servir de escudo contra las transmisiones.
Población vulnerable en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.
En la norma, que verá la luz en el BOE el 8 de febrero, quizás se agreguen recomendaciones básicas, en las que se apelará a un "uso responsable de la mascarilla", como ya se hizo en ocasiones pasadas. Sobre todo, se insiste en situaciones en las que las personas están pasando por un proceso infeccioso respiratorio y la mascarilla es un elemento para evitar los contagios a los individuos más cercanos y servir de escudo contra las transmisiones.
Población vulnerable en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.
El fin de la mascarilla obligatoria llega al transporte público. Así lo ha anunciado el ministerio de Sanidad, aunque las mascarillas se seguirán manteniendo en algunos casos. Estos son todos los detalles.
DÓNDE NO SERÁ OBLIGATORIO EL USO DE LAS MASCARILLAS
Se levantará la obligación de usar la mascarilla en el transporte público. Esto modifica el siguiente punto: "En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en las guaguas, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.
DÓNDE SEGUIRÁ SIENDO OBLIGATORIA
De momento, salvo sorpresas, la ministra Carolina Darias ha comunicado que, aunque está en estudio, la mascarilla se mantendrá en farmacias y residencias, además de centros sanitarios y sociosanitarios (hospitales, clínicas, ambulatorios...).
Por lo que se mantendrían los siguientes supuestos del último RD que regula hasta ahora el uso de las mascarillas: "En los centros, servicios y establecimientos sanitarios según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios". Es decir, en las siguientes situaciones: