martes, 23 abril 2024

El TSJC tumba el toque de queda en Canarias y la opción de cierre perimetral entre islas

 

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha denegado la pretensión de Ejecutivo autonómico de mantener el toque de queda y las prohibiciones para viajar entre islas, mientras que sí ha ratificado las medidas de limitación del número de personas en las reuniones sociales y encuentros religiosos

En síntesis, la Sala ha determinado que el veto a los viajes entre islas establece «un régimen jurídico que discrimina» al turista que no se aloja en un establecimiento hotelero y que «introduce una diferencia de trato que no apreciamos suficientemente justificada», puesto que si una persona tuviera el propósito de alojarse en la vivienda de un amigo o familiar en las islas, no podría ni presentando una prueba negativa. «No consideramos que esa reserva turística pueda ser un elemento diferenciador suficiente en relación con los fines de tutela de salud pública exigibles», advierte.

 

En cuanto al toque de queda, la Sala entiende que “nos hallamos aquí ante un verdadero confinamiento por la sola razón del horario”, mientras que agrega que si lo que quiere es evitar determinadas conductas que puedan entrañar un mayor riesgo para la salud pública porque se considera que las mismas habitualmente por costumbre social se desarrollan de noche, “cuentan los poderes públicos con otros instrumentos jurídicos de intervención menos lesivos”.

 

Respecto a la limitación de entrada y salida de las islas que estén en nivel 3 y 4, los magistrados observan que las excepciones contenidas no están lo suficientemente motivadas y contienen una cláusula de cierre. “Es el parecer mayoritario de la sala que debe negarse a su ratificación por considerar no suficientemente justificada la afectación negativa de los derechos fundamentales recogidos en los artículos 14, 17 y 19 de la Constitución”, recoge el Auto.

 

Ahora le toca mover ficha al Gobierno autonómico, que probablemente recurrirá en casación al Tribunal Supremo.

 

 

 

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