viernes, 19 abril 2024

EL SEMÁFORO ROJO EN LANZAROTE: ¿ QUÉ RESTRICCIONES IMPLICARÍA ?

Lanzarote 14 de enero

 

Hoy jueves el Gobierno de Canarias podría dar el visto bueno a la petición del Cabildo de Lanzarote y los siete ayuntamientos  para que  valore que la isla pase a semáforo rojo o fase 3, como medida inmediata para hacer frente a la alta propagación de la covid-19 en la isla detectada en los últimos días. Esta petición se tendrá en cuenta  en el Consejo de Gobierno de hoy , según la presidenta del Cabildo, María Dolores Corujo.

Los datos son muy preocupantes ,Lanzarote supera ya la barrera de los 500 contagios por covid-19, situándose en 518 afectados, de los que 17 están en planta y cuatro en la UCI.

 Ayer miércoles se produjeron 121 nuevos casos, que sumados a los 397 que había el martes, nos sitúan en los mencionados 518 casos.

 El acumulado desde que se inició la pandemia asciende ya en Lanzarote a 2.131, con 1.604 altas y 9 fallecidos.

  En cuanto a la ubicación por municipios, 482 se sitúan en Arrecife;: 21 en Tías; 6 en Teguise; 5 en San Bartolomé; 2 en Yaiza y otros 2 en Tinajo.

 La Dirección General de Salud Pública determina la inclusión en el semáforo rojo cuando en una isla haya al menos un municipio que supere los 100 casos/100.000 habitantes en la incidencia acumulada de casos diagnosticados en los últimos 7 días, que tenga más de de dos casos esporádicos y que presenten un incremento en los últimos 7 días igual o mayor al 10% respecto a la media de las dos semanas previas. 

                                                                        Semáforo rojo

 

No se permitirán los eventos ni actos multitudinarios, entendiéndose como tal aquellos de más de 10 personas. Se exceptúa la celebración de actividad cultural ordinaria programada de carácter público definida en el último párrafo del apartado 2.1.11 , que se celebre conforme a la autorización única señalada en el mismo, sin perjuicio de las modificaciones que proceda realizar en función de las circunstancias epidemiológicas

 

La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, podrá establecer modificaciones en los aforos permitidos para las diferentes actividades reguladas en el presente Acuerdo en función de la situación epidemiológica

 

En los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa, se establece un horario de cierre a las 00:00 h como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 23:00 h

 

Se cerrarán al uso los centros de día no ocupacionales.

 

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