jueves, 28 marzo 2024

Anulado el Plan Rector del Archipiélago Chinijo

 

Según información de Canarias7 El Tribunal Superior de Justicia ha estimado el recurso de la familia propietaria de la mayor parte del islote de Alegranza y ha declarado la nulidad del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Archipiélago Chinijo, lo que abre la vía a la indemnización.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en su sede de Las Palmas notificó ayer la sentencia que, estimando un recurso de la familia Jordán –propietaria del 92% de suelo del islote de Alegranza– declara nulo el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Archipiélago Chinijo (la isla de La Graciosa y los islotes de Alegranza, Montaña Clara, Roque del Este y Roque del Oeste), esto es, la herramienta legal articulada por el Gobierno canario para preservar el espacio natural.

El fallo de la Sala, susceptible de recurso ante el Supremo, pone punto y aparte a un largo pleito que ya viajó en camino de ida y vuelta al Tribunal Supremo en los dos últimos lustros, pero en este caso aplicando al Plan de Chinijo la famosa sentencia del TSJC que en noviembre de 2012 puso en tela de juicio todos los planes rectores de las islas que no se hubieran apoyado en un Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) como instrumento previo o, a lo sumo, aprobado en el plazo máximo de un año después de la declaración del espacio natural.

La resolución no acoge la pretensión de la familia Jordán de ser indemnizada por las restricciones de uso que operan en la parte de Alegranza de su propiedad frente a la tolerancia al disfrute de la zona pública pero sí abre la puerta a que este parte iniciar un nuevo proceso exigiendo una compensación por indemnización o expropiación. Los Jordán habían peritado a su favor 63 millones de euros.

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